Por: Carolina León, Diario Financiero.
Una actualización del protocolo que busca medir la exposición de los trabajadores a factores de riesgo para su estado mental realizó el Ministerio de Salud (Minsal).
En esta versión, la guía de vigilancia de riesgos psicosociales en el trabajo -que existe desde 2013- incorpora cambios recogidos de las experiencias y aprendizajes registrados desde su primera implementación y también incluye aspectos que apuntan a medir el impacto de la crisis sanitaria en el mundo laboral.
“El contexto de pandemia por Covid-19 ha impactado la estructura de la organización del trabajo”, dice la resolución publicada en el Diario Oficial hace unas semanas, añadiendo que factores como sobrecarga laboral, desgaste de los trabajadores, límites difusos de la jornada, trabajo aislado, exigencias de utilización de tecnologías que están en desarrollo, alternancia de trabajo presencial y a distancia o conciliación de la vida personal y familiar “son parte de los riesgos vinculados a los nuevos escenarios laborales y al trabajo en contexto de alerta sanitaria”.
Según explicaron desde el estudio jurídico Parraguez & Marín, el nuevo protocolo -el cual es vinculante y obligatorio para empleadores y organismos administradores de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales- establece procedimientos, criterios y la obligatoriedad de uso de un instrumento para identificar, evaluar, controlar y monitorear factores de riesgo psicosocial presentes en los centros de trabajo.
Reglamento interno
Para conseguir su objetivo de prevención, el protocolo considera nuevos lineamientos.
El primero de ellos, es que la prevención de los riesgos psicosociales laborales debe formar parte del Reglamento Interno de la empresa, para lo cual se deben especificar los posibles factores de riesgo psicosocial existentes en el lugar de trabajo, las consecuencias para la salud de los trabajadores y las medidas de protección.
Como segundo aspecto, se plantea que al empleador le corresponde evaluar el riesgo psicosocial en su centro de trabajo y contar con las acciones preventivas necesarias destinadas a disminuir, controlar, mitigar y/o eliminar los efectos de los hallazgos encontrados en el proceso de medición.
Los trabajadores también tendrán su rol en este ámbito, ya que a ellos les corresponderá formar parte de las evaluaciones de riesgos en sus centros de trabajo y ser vigilantes activos de los factores de riesgos.
La fiscalización, explicaron desde la firma de abogados, le corresponderá principalmente a la Seremi de Salud respectiva, a la Dirección del Trabajo y a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).
Proceso de denuncia
El nuevo protocolo, además, establece que las empresas deberán incorporar en sus reglamentos internos, como vulneraciones de derechos fundamentales en el contexto laboral, el acoso sexual, el acoso laboral, la discriminación laboral y el menoscabo por teletrabajo o trabajo a distancia.
Esto debe ir de la mano con la implementación de un procedimiento para su denuncia e investigación dentro de la misma organización, el cual debe ser difundido ampliamente en la empresa.
El protocolo establece un nuevo instrumento para evaluación de los factores psicosociales en el trabajo: el “Cuestionario de Evaluación de Ambiente Laboral-Salud Mental”, el cual fue elaborado por la Suseso.
Esta actualización entrará en vigencia el 1 de enero de 2023, razón por la cual se recomienda revisar su contenido para realizar los ajustes y las acciones correctas para su implementación, según sugiere una guía explicativa elaborada por Parraguez & Marín.