Por: Vicente Vera, Diario Financiero.
El fallo del Cuarto Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago respecto a la pugna existente entre SumUp y el Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre la facultad del organismo público de requerir a los operadores de medios de pago el registro y envío de información de transacciones diarias tendrá efectos en esta industria.
De acuerdo a los antecedentes del caso publicados por La Tercera, el conflicto comenzó cuando SumUp -fintech europea que funciona como proveedor de servicios de pago y que comercializa POS- presentó un reclamo por vulneración de derechos en contra de las resoluciones de SII.
“Puede que la periodicidad exigida por el SII, involucre gastos, gestiones y uso de software que impliquen tiempos y presupuestos no destinados al desarrollo del negocio”.
Ignacio Iriarte, socio de Recabarren & Asociados.
La reclamación de la fintech guardaba relación sobre el deber de estar inscritos ante el Servicio y enviar diariamente la información de todas las transacciones de los contribuyentes efectuadas en sus plataformas el día anterior.
SumUp estimó que estas obligaciones eran ilegales y arbitrarias porque se vulnerarían sus derechos.
Sin embargo, el Tribunal desestimó todos los argumentos de SumUp y acogió la tesis del SII en cuanto a las facultades y atribuciones para dictar órdenes en la aplicación y fiscalización de los impuestos.
Los escenarios que vaticinan los expertos
El abogado senior de la División Tax de Aninat Abogados, Felipe Le-Fort, explicó que la obligación que dictaminó el Tribunal “es coherente con deberes similares que tienen operadores como Transbank y los comercios, en cuanto a transparentar las transacciones que se realizan a través de diversos medios de pago”.
Le-Fort indicó que la sentencia “viene a confirmar la legalidad de dicha obligación”.
El abogado y socio de Recabarren & Asociados, Ignacio Iriarte, sostuvo que, en relación al fallo, “todas las empresas que prestan servicios de terminales electrónicos de pago, deberán continuar informando diariamente las transacciones realizadas mediante el uso de sus lectores de tarjeta el día anterior, sin que se pueda afirmar que dicha exigencia afecta el normal desarrollo de su actividad económica”.
Iriarte estimó que “puede que la periodicidad exigida por el SII, involucre gastos, gestiones y uso de softwares que impliquen tiempos y presupuestos no destinados al desarrollo del negocio”.
Le-Fort resaltó que la sentencia permite al SII “tener mejores herramientas para combatir la elusión y evasión del IVA, por lo que resulta importante que exista una debida coordinación entre el SII y los contribuyentes obligados, considerando que el cumplimento de dichas obligaciones requiere una adecuación de los sistemas internos de la empresa”.
Iriarte agregó que con este fallo el SII va a poder “verificar el correcto cumplimiento tributario de los vendedores y prestadores de servicios, a quienes se les pague con tarjeta de crédito o débito”.
Actualmente, existen 15 operadores o entidades procesadoras de pagos electrónicos se encuentran inscritos y autorizados para enviar la información de sus transacciones al SII.